En un fallo histórico, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha modificado su postura respecto al acceso a la pensión de sobrevivientes, estableciendo que tanto los cónyuges como los compañeros(as) permanentes de afiliados y pensionados deberán acreditar un mínimo de 5 años de convivencia previa al fallecimiento del causante.
Unificación del criterio: un cambio significativo
Anteriormente, la exigencia de 5 años de convivencia se aplicaba únicamente en caso de muerte de un pensionado. Sin embargo, con esta nueva decisión, el requisito también se extiende a los afiliados al sistema pensional, con el propósito de garantizar equidad en el acceso a esta prestación. Según la Sala, el legislador no distinguió entre ambos casos al establecer el requisito en situaciones de convivencia simultánea.
Motivaciones detrás de la decisión
La Corte argumenta que la unificación busca evitar posibles fraudes al sistema pensional y promover el principio de igualdad entre los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes. Además, se pretende impedir la formación de uniones de última hora motivadas exclusivamente por intereses económicos.
Un caso emblemático como detonante
El cambio jurisprudencial surgió a raíz de un caso de convivencia simultánea, en el que dos mujeres reclamaban la pensión de sobrevivientes de su fallecido compañero. Aunque la Sala ratificó el derecho de ambas mujeres a la pensión, utilizó la oportunidad para unificar el criterio sobre el tiempo mínimo de convivencia requerido.
Impacto para los beneficiarios
Este nuevo lineamiento implica que todas las personas que busquen acceder a la pensión de sobrevivientes deberán acreditar los 5 años de convivencia, independientemente de la condición del causante (afiliado o pensionado) al momento de su fallecimiento. La decisión subraya la importancia de garantizar que la prestación llegue a quienes realmente la necesitan y cumplen con los requisitos establecidos.
¿Qué significa esto para la seguridad social?
El fallo representa un esfuerzo por fortalecer el sistema de seguridad social y combatir posibles abusos. No obstante, también plantea retos para quienes puedan tener dificultades para acreditar el tiempo de convivencia exigido. Por ello, expertos recomiendan buscar asesoría legal para entender las implicaciones de este cambio en casos particulares.
Con este fallo, la Corte Suprema de Justicia reafirma su compromiso con la equidad y la transparencia en el acceso a las prestaciones sociales, marcando un precedente que impactará de manera significativa el ámbito de la seguridad social en el país.